Cierre del Italpark
Cierre del Italpark
Avenida del Libertador y Callao, Capital Federal, Argentina.
La tragedia: razón por cual fue cerrado
El accidente fatal ocurrió la tarde del 29 de julio del 90 en uno de los juegos más solicitados y vertiginosos del Italpark, cuando uno de los carritos del “Matter Horn” se desprendió parcialmente de sus soportes y fue a dar contra las barandas de protección que rodean el juego. Roxana Alaimo murió al instante; Karina Benítez tuvo más suerte: sufrió heridas importantes pero se salvó.
Prada Errecart explicó que se trata de una “condena solidaria”; en otras palabras, las partes involucradas (los Zanón, si si, los de la Cerámica Zanón, representados por Caledonia Argentina, su compañía de seguros) y la Comuna deben llegar a un acuerdo para discriminar los costos de la indemnización. En otro párrafo del escrito, el juez puso acento en la actitud displicente de la Municipalidad. “Tendría que haber habido inspecciones técnicas idóneas por parte de la Municipalidad de Buenos Aires y no visitas burocráticas. Es lamentable que hubiera tenido que ocurrir este accidente para que recién entonces se hicieran estudios de alto nivel y trabajos de reparación”.
“Lo más significativo es que dichas tareas no se efectuaron para prevenir, sino con posterioridad al suceso”. Pero lo peor, según los considerandos del juez, fue que esas medidas tardías se realizaron con un solo fin: “levantar la clausura de la feria infantil y poder así continuar su explotación económica”.
El accidente primero determinó la clausura provisoria del parque y cuatro meses después del hecho, el Italpark fue definitivamente clausurado por el entonces intendente Carlos Grosso.
En una audiencia pública del Concejo Deliberante se debatieron propuestas sobre el futuro de aquel predio ubicado en Libertador y Callao. Las opciones giraron en torno a otro parque recreativo con auditorio al aire libre, un complejo hotelero y un espacio verde. Finalmente, el resultado fue el Parque Thays.
La condena civil
Por qué se necesitaron más de seis años para llegar a la condena civil? “Yo tenía la sentencia desde 1993 (se atajó Prada Errecart), pero por tratarse de un pronunciamiento civil, no podía dictar sentencia hasta que no se expidieran las actuaciones penales”, que corrieron por cuenta del juez Horacio Barberis, quien caratuló el expediente como homicidio y lesiones graves.
El juez otorgó un plazo de 10 días para que se deposite ese importe a la orden del juzgado. En su fallo dispuso que la indemnización sea pagada a Liliana Gerónima Rolando, madre de la víctima.
Los parámetros de la Justicia Civil establecen que la vida de una persona no vale más de 100 mil dólares, “pero la vida de un hijo, para mí, no tiene precio”, señaló el juez al dictar la sentencia. “Por eso considero que el resarcimiento material debe ser alto. Perder un hijo es un dolor que no se mitiga jamás”.
El juez otorgó un plazo de 10 días para que se deposite ese importe a la orden del juzgado. En su fallo dispuso que la indemnización sea pagada a Liliana Gerónima Rolando, madre de la víctima.
Los parámetros de la Justicia Civil establecen que la vida de una persona no vale más de 100 mil dólares, “pero la vida de un hijo, para mí, no tiene precio”, señaló el juez al dictar la sentencia. “Por eso considero que el resarcimiento material debe ser alto. Perder un hijo es un dolor que no se mitiga jamás”.
Enlaces relacionados
http://www.clarin.com/diario/1997/02/11/e-03303d.htmhttp://www.clarin.com/diario/96/11/23/E-05701d.htm
http://www.ceprodh.org.ar/article.php3?id_article=35
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